10.Octubre.2024
CNDH Y CEDH DEJAN SIN EFECTO LEY 46 DE DERECHOS HUMANOS
Abogado sostiene que las Víctimas de abuso de poder en la indefensión
Por VERÓNICA HUERTA
Foto: / Verónica Huerta /
Por: VERÓNICA HUERTA /


XALAPA, VER.,9 de Octubre,2024.-La ciudadanía víctima de funcionarios y servidores públicos que abusan del poder están en la indefensión ante una Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y sus pares en los estados de la República, que solo emiten recomendaciones; cuando podrían hacer uso del artículo 46 de la Ley de Derechos Humanos que faculta a estos organismos para hacer comparecer a los transgresores ante el Senado de la República, e incluso pueden denunciarlos ante la Fiscalía General de la República (FGR) señaló el delegado de la Asamblea Nacional Constitutiva y miembro fundador de Movimiento Ciudadano Jorge Marín Barragán.


En conferencia de prensa informó que a lo largo y ancho del país hay cientos de víctimas ante el abuso de poder y el camino tortuoso de difícil acceso a la justicia que les impide obtener la reparación del daño, esto a pesar de que existen organismos que deberían protegerlos cómo la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAVI) nacional y sus pares en los estados.

El abogado explicó que los ciudadanos que sufrieron la violación de sus Derechos Humanos por violencia o robo ejecutado por alguna autoridad, tienen leyes que los protegen en materia de víctimas pero sólo se quedan en teoría, porque en la práctica es muy difícil casi imposible el acceso a la justicia y ni se diga lograr la reparación del daño.


Destacó que hay ciudadanos víctimas de abusos de poder que denunciaron ante la CNDH y sus pares en los estados, y en respuesta este organismo emitió una recomendación dirigida a la secretaría o instancia gubernamental que violó los derechos humanos, y hasta ahí llega el trámite, sin que esto represente el acceso a la justicia.

“Sí bien es cierto que intervienen las instituciones Defensoras Derechos Humanos que estudian con detenimiento, profesionalismo las evidencias y emiten sus recomendaciones estas no son aceptadas, lo que convierte en la defensa de las víctimas por esas instancias en un trámite meramente burocrático, sin consecuencia para los agresores”, indicó Marín Barragán.


Agregó que el artículo 46 de la ley de Derechos Humanos señala que la CNDH tiene facultades para hacer comparecer a las autoridades violadores de derechos humanos y transgresores de la ley ante el Senado de la República, pero el organismo no lo hace y deja en la indefensión a las víctimas.


Al finalizar Marín Barragán explicó que “en su caso, esta Comisión de Derechos Humanos puede denunciar ante la Fiscalía o autoridad Administrativa correspondiente cuando persiste la negativa de las autoridades transgresoras de acatar la recomendación. Sin embargo, en los hechos esta facultad solo se queda en la recomendación y ya no le dan seguimiento para que comparezca las autoridades, y las víctimas se quedan sin acceso a la justicia y la reparación del daño”.

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