11.Julio.2026
ENDURECEN CASTIGOS POR PLAGUICIDAS PROHIBIDOS Y ROBO APÍCOLA EN VERACRUZ
Entraron en vigor reformas al Código Penal, la Ley Estatal de Protección Ambiental y la Ley Apícola
Por ALAÍDE FLORES
Foto: / I.O. /
Por: ALAÍDE FLORES /

Desde este sábado entraron en vigor en el estado de Veracruz diversas reformas legales que endurecen las sanciones contra quienes utilicen plaguicidas prohibidos o cometan robo de bienes relacionados con la actividad apícola. Las modificaciones alcanzan al Código Penal estatal, la Ley Estatal de Protección Ambiental y la Ley Apícola.

Uno de los principales cambios contempla el incremento de penas de prisión y multas para quienes empleen, almacenen, transporten o dispongan agroquímicos restringidos o prohibidos por la legislación federal y estatal, debido a los daños que estas sustancias ocasionan a los ecosistemas, suelos y subsuelos.

Las reformas establecen que las sanciones se duplicarán cuando las conductas estén vinculadas con plaguicidas, fungicidas, herbicidas, nematicidas, fertilizantes de alta toxicidad u otros productos fitosanitarios cuyo uso esté prohibido o restringido conforme a la normatividad vigente.

Asimismo, la legislación prevé penas de dos a ocho años de prisión y multas de entre 500 y mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) para quienes desarrollen actividades agrícolas, pecuarias o forestales sin autorización en áreas naturales protegidas o de preservación ecológica, cuando estas generen daños graves al medio ambiente.

También serán castigadas acciones como aplicar o almacenar agroquímicos prohibidos cerca de asentamientos humanos o cuerpos de agua destinados al consumo, así como el vertimiento de residuos tóxicos en suelos, subsuelos o afluentes de jurisdicción estatal y municipal.

En materia apícola, las reformas fortalecen la protección del patrimonio de los productores al incorporar como bienes susceptibles de robo las colmenas, núcleos de abejas, equipo especializado, maquinaria, insumos y subproductos indispensables para la producción. Además, las penas aumentarán cuando estos delitos sean cometidos en zonas rurales.

La legislación también equipara al delito de daños la muerte de colonias de abejas o la destrucción parcial o total de apiarios ocasionada por el uso indebido de plaguicidas o sustancias tóxicas. Asimismo, la Secretaría de Desarrollo Agropecuario podrá asegurar de manera precautoria colmenas, equipos y productos cuando no se acredite su legal movilización, propiedad o comercialización, sin perjuicio de las responsabilidades penales y administrativas que correspondan.

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