12.Noviembre.2025
SUSPENDEN PAGO DE IMPUESTOS EN MUNICIPIOS VERACRUZANOS AFECTADOS POR INUNDACIONES
Por unos meses...
Por MILTON AGUIRRE
Foto: / I.O. /
Por: MILTON AGUIRRE /

La gobernadora Norma Rocío Nahle García emitió un decreto mediante el cual se otorgan beneficios fiscales a los ciudadanos de 11 municipios de Veracruz afectados por las fuertes lluvias e inundaciones registradas a inicios de octubre. Dicho decreto contempla la exención del impuesto sobre nómina, del impuesto de tenencia vehicular, de los derechos de control vehicular, así como del pago de recargos, actualizaciones y del impuesto adicional destinado al fomento a la educación, además de los derechos por baja de vehículos de servicio público y privado.

Estas medidas de apoyo económico estarán vigentes durante los meses de octubre, noviembre y diciembre, y beneficiarán exclusivamente a los municipios de Álamo, Coatzintla, El Higo, Huayacocotla, Ilamatlán, Ixhuatlán de Madero, Poza Rica, Tempoal, Texcatepec, Zacualpan y Zontecomatlán.

El Decreto, publicado en la Gaceta Oficial del Estado, establece que las personas físicas o morales, tanto del sector público como privado, que deseen acceder a la exención del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, deberán cumplir con ciertos requisitos: estar inscritas en el Registro Estatal de Contribuyentes, tener su domicilio fiscal en alguno de los municipios mencionados y contar con trabajadores registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Asimismo, se contempla una exención del 100 por ciento en el pago del Impuesto Estatal sobre Tenencia o Uso de Vehículos, en recargos y actualizaciones, así como en los Derechos de Control Vehicular correspondientes a los ejercicios fiscales 2025 y anteriores, siempre que los vehículos hayan sido declarados pérdida total a consecuencia de las inundaciones y que el propietario pueda acreditar dicha condición.

De igual forma, se aplicará una exención total en los derechos por baja de vehículos de servicio público y privado cuando estos hayan quedado inservibles o sin posibilidad de reparación. Para acceder a este beneficio, los contribuyentes deberán presentar identificación oficial, constancia del Registro Público Vehicular (REPUVE) con una antigüedad no mayor a 24 horas, y, según el caso, acta o peritaje emitidos por autoridad vial, de investigación o aseguradora, así como constancia de inutilidad expedida por la autoridad competente.

En caso de no contar con los documentos anteriores, será válido presentar un escrito bajo protesta de decir verdad, en el que el propietario manifieste que el vehículo resultó dañado de forma irreparable por las inundaciones. Si el automóvil conserva placas, tarjeta de circulación, calcomanía o numerales, estos deberán entregarse al momento de realizar el trámite de baja.

El proceso será personal e intransferible, y solo podrá realizarlo el propietario registrado en el Padrón Estatal Vehicular. Respecto a los créditos fiscales derivados del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, que estén siendo cubiertos en parcialidades o plazos diferidos, el decreto autoriza diferir los pagos únicamente durante los meses de octubre, noviembre y diciembre, reanudando los mismos en enero, sin generar recargos por el periodo de gracia establecido.

  QUIÉNES SOMOS  
© Toda la información de este Portal Informativo está protegida por la Ley de Derechos de Autor Los medios que deseen reproducirla pueden contratar.