25.Agosto.2016
ADICIÓN AL ARTÍCULO 4 NO ES LEY ANTIABORTO
Opinó Minerva Cobos
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Para la Presidenta del Observatorio Ciudadano por la Equidad de Género, Minerva Cobos Lucero la adición de un párrafo al artículo 4 de la Constitución de Veracruz que garantiza el derecho a la vida desde la concepción, no se refiere a una “ley antiaborto” sino se trata de garantizar los derechos de acceso a los servicios de salud de la mujer embarazada.

La también ex presidenta del Colegio de Abogados de Veracruz, consideró que esta adición al artículo 4 de la Constitución de Veracruz es una postura basada en un universalmente reconocido que es el derecho a la vida como el valor máximo.

“Se la ha llamado ‘Ley Antiaborto’ para mi es una confusión, porque el aborto como delito está contemplado en el estado de Veracruz desde el Código Penal promulgado en 1835, y los códigos posteriores que se han ido promulgando hasta el código que nos rige que es el del año 2010, con casos de excepción porque el aborto es permitido por la ley en los casos de que el embarazo sea producto de una violación, en el caso de que sea producto de una inseminación artificial no consentida, en los que se llama aborto terapéutico (cuando está en riesgo la vida de la madre o bien que el producto tiene malas formaciones), en esos casos la ley contempla que el aborto si es permitido”.

Cobos Lucero señaló que esta adición no puede criminalizar a la mujer porque el aborto ya está prohibido y rechazó que el término utilizado en la adición al artículo 4, “concepción” sea religioso como lo han expresado feministas. “Es un término legal, la vida está garantizada desde el momento en que se concibe, ese es un término legal”.

Minerva Cobos, quien dijo estar a favor de esta modificación considera que no se violaron tratados internacionales.

“Para quienes se ubican en el contexto de que esto es una ley antiaborto, entonces ellos en ese contexto hablan de una violación, pero tomando en cuenta de que no es una ley antiaborto sino que es una adición que garantiza el derecho a la vida, entonces no está violando tratados internacionales, porque la vida es un valor supremo universalmente reconocido”.

Opinó que con esta adición el Estado debe garantizar a la mujer embarazada el derecho de acceso a los servicios de salud, “tu libertad para decidir con tu cuerpo es otra cosa, ese es otro tema”.

Y agregó que se debe poner especial atención en la Ley General de Salud, donde hay “vacíos” respecto al aborto permitido.

“El principal problema del aborto permitido es que la Ley General de Salud no contempla disposiciones que señalen cómo los hospitales públicos lo van a llevar a cabo, ese es un verdadero problema. Hay lagunas en los casos en que si está permitido”.

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